Crea una asociación estudiantil en País Vasco

Crear una asociación en País Vasco es muy fácil. Recuerda que si no entiendes algo puedes ver en esta misma web nuestra «Guía en 4 pasos para crear una asociación». Si aún así tienes dudas, ponte en contacto con nosotros a través de nuestro correo o nuestras redes sociales que también puedes encontrar en esta misma web.

Registro

Para solicitar la inscripción en el Registro General de Asociaciones del País Vaco necesitarás los siguientes datos y documentos:

Solicitud de inscripción

Solicitud de inscripción

Acta de constitución

En el acta se deben recoger las firmas de todas las personas promotoras de la asociación. Junto a:

  • Nombre y apellidos, Número de DNI o tarjeta de identificación, Nacionalidad y domicilio, Fotocopia del DNI de las personas fundadoras de la asociación.

Estatutos de la asociación

Los estatutos deberán estar firmados en todas sus hojas (por las dos caras), por el/la presidente/a y secretario/a.

Trámites a realizar ante Hacienda

Solicitar el NIF (Número de Identificación Fiscal) de la asociación

Este código es necesario para realizar cualquier trámite de vuestra asociación, como abrir una cuenta bancaria, tramitar una factura, o cobrar una subvención.

Para ello, necesitaremos presentar en Hacienda la Declaración censal: Modelo 036, que acompañaremos de la siguiente documentación:

  • Original y copia de los estatutos sellados por el Registro.
  • Original y copia del Acta Fundacional.
  • Fotocopia del DNI de la persona que firme el impreso de solicitud, debiendo ser un socio fundador.

Una vez que tengáis vuestro NIF, conviene llevar una copia en vuestra cartera, ya que ese número os lo pedirán para cualquier gestión que tengáis que hacer ante la Administración, y en la emisión de facturas contra vuestra entidad.

Si en alguna ocasión realizáis un cambio en vuestra asociación que modifique los datos que figuran en la tarjeta el NIF, deberéis rellenar otro impreso de Declaración Censal 036, para que Hacienda nos mande otra tarjeta en la que consten los datos modificados

Y después de todo esto… ¿Qué hago ahora?

Si has conseguido llegar hasta aquí, ¡enhorabuena!, la parte más “difícil” ya la tienes hecha. Una vez hayáis presentado todos los documentos, el Registro de Asociaciones estudiará vuestra solicitud.
Puede que ocurra alguna de las siguientes cosas:
  • Que el Registro vea algún fallo en la solicitud (falta de algún documento, fallo a la hora de rellenar algo): en este caso, se pondrán en contacto con vosotros para que podáis modificarlo y solucionarlo, en un plazo de tiempo determinado. Si en este tiempo no lo solucionais, se archivará vuestra solicitud y caducará.
  • Que todo esté perfecto y no tengáis que subsanar nada: en este caso, os lo notificarán y ya tendréis vuestra asociación inscrita. ¡Yuuuuhu!
  • Que no recibáis noticia alguna del Registro: vamos, que no os digan nada… En este caso, ¡que no cunda el pánico! Si pasados un plazo general de 3 meses desde la presentación de vuestra solicitud aún no sabéis nada del Registro, vuestra solicitud se entiende aceptada y, por tanto, la asociación ya estará inscrita.
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